Artículo colaboración por Oliver Nash
La ley de identidad de género representa un antes y un después en la vida de las personas trans y en la reglamentación en cuanto a género en la Argentina y el mundo.
Argentina es uno de los pocos países donde, por ley, una persona puede tener el documento según la identidad autopercibida, es decir, según el género que es, y puede modificar el género impuesto al nacer en el DNI sin necesidad de pasar por un tratamiento o estudios, como ocurre en otros países en los que las personas trans son obligadas a medicarse o a ir al psiquiatra para realizar el cambio registral. Esta ley es una de las pocas que no discrimina y es modelo para el mundo, al permitir a la persona registrar su género en el documento ya sea hombre, mujer, no binarie o cualquier identidad fuera del binarismo de género.
Este año se cumplieron 7 años de la sanción de la ley, ocurrida el 9 de mayo de 2012. Llegar a la ley no fue fácil y significó décadas de lucha por parte de uno de los colectivos más oprimidos y dejados de lado por la sociedad. En la actualidad, cientos de personas trans tienen su documento con el género correcto gracias a esta ley, que mejoró su calidad de vida al permitirles acceder a estudiar y trabajar, a poder operarse u hormonarse si así lo quisieran y acceder a la salud con su identidad.
Uno de los principales puntos de la ley es el reconocimiento de la identidad de género de toda persona, no solo si figura en el documento sino en todos los casos y ámbitos. En el artículo 2° se define la identidad de género como:
«La vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales».
Es decir, este artículo determina que la identidad de género no es solo «hombre» o «mujer», sino que se sale del binarismo: la identidad de género dependerá de la persona. La ley argentina es inédita en esto y una de las pocas que respeta a los géneros no binarios. Además, no obliga a las personas a tomar hormonas, a operarse, a la castración química, a declararse enfermos, a ir a la justicia, a hacer tratamientos psicológicos o a ser declarados enfermos por un psiquiatra, como en muchos países.
Antes, las personas trans eran judicializadas o tratadas como personas enfermas (lamentablemente, muchas siguen siendo tratadas así). A las personas trans no binarias o las que salen del binarismo de género, el Estado les está negando el documento de identidad y está en instancias judiciales para evitar que puedan tener su documento, como el caso de Lara Bertolini.

Es tal la fuerza que tiene la cisnorma binaria que ni siquiera con una ley sancionada hace años es posible que todas las personas tengan su género en el documento y se respete su identidad de género. De este modo las personas trans no binarias y otras personas trans, como Lara, siguen luchando hoy contra el Estado para que se reconozca su identidad, se respete la ley y se cumpla con los derechos humanos.
Por eso, esta ley no solo significa cambiar un documento, sino que es darle lugar y poner en el centro un tema evitado por gran parte de la sociedad. Es mostrar que hay una cisnorma dominante.
La ley que marcó un antes y un después
Antes de 2012, existía el decreto ley N° 17.132 que determinaba que no se podían llevar a cabo intervenciones quirúrgicas que modificasen el «sexo del enfermo», salvo que fueran efectuadas con posterioridad a una autorización judicial. Es decir, las personas trans no podían operarse a menos que completaran un proceso judicial para recibir la autorización y, si lo hacían sin autorización, los médicos eran procesados y perseguidos. La ley derogó este decreto y permitió a las personas trans acceder a tratamientos hormonales o de reasignación de sexo quirúrgicos de manera gratuita y sin necesidad de pasar por ningún juez que decida sobre su género o sobre lo que debieran hacer con su cuerpo.
La ley N° 26.743 de identidad de género fue presentada por las diputadas Diana Conti, Juliana Di Tullio y Silvana Giudici. Fue aprobada en la Cámara de Diputados de la Nación el 1 de diciembre de 2011 con 167 votos a favor, 17 en contra y 7 abstenciones. En el Senado, fue aprobado al año siguiente, por 55 votos a favor y 1 abstención. Fue promulgada por Cristina Fernández de Kirchner el 24 de mayo de 2012.
Esto se logró gracias a la lucha del colectivo trans y de referentes como Lohana Berkins, quien en 2010 ya había conformado el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género y que, con las diferentes agrupaciones, trabajó en el proyecto unificado de ley que se presentó. Otras referentes indispensables en este logro fueron Diana Sacayán, que también impulsó la ley del cupo laboral trans que sigue sin reglamentarse, y Claudia Pía Baudracco, quien en medio del debate por la ley en el Congreso dijo:
«Hubo masacres, hubo torturas, pero sobre todo hubo falta de identidad que significó en nosotras una impunidad sobre nuestros cuerpos. Ser trans, no tener identidad, significa que cualquiera pueda vulnerar tus derechos […]. Cuando hablamos de derechos, hablamos de derechos humanos».
Por ella, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires determinó que el 18 de marzo sea el Día de la promoción de los derechos de las personas trans.
La ley argentina respeta a las personas trans, no obliga; respeta sus derechos humanos básicos y su derecho a la identidad. Lo que falta es que el Estado haga cumplir la ley. El derecho a la identidad no es un invento: los derechos de las personas trans son derechos humanos.
Imagen de portada: Esteban Marchand
gracias por esto
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